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Cuando la evasión no es delito

Europa no renuncia a sus secretos
Escepticismo ante el intento de la UE de armonizar las tasas sobre el interés del ahorro
Piergiorgio M. Sandri - 15/02/2004

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<<Micheloud & Cie., uno de los bufetes más solicitados por los extranjeros que quieren depositar sus capitales en Suiza>>

Buenas tardes. Quería abrir una cuenta corriente en Suiza y resido en España. ¿Cuántos impuestos tendré que pagar sobre los intereses de este capital?

–Nada.

–¿Y si Hacienda, desde España, pregunta algo?

–Pues no estamos autorizados a comunicar su identidad porque tenemos secreto bancario.

Así están las cosas. De momento. Esta conversación, tenida con un experto legal suizo, simboliza la situación desigual vigente en muchos países europeos sobre la fiscalidad del ahorro y no sólo en Suiza, sino en los llamados “microestados” como Andorra, Mónaco, San Marino y Liechtenstein y en países más grandes como Austria, Luxemburgo, Bélgica.

La UE pretende ahora poner remedio y exige que los distintos estados intercambien información sobre las cuentas bancarias de los no residentes. En la reunión del pasado martes de los ministros de Finanzas, el Ejecutivo comunitario reafirmó su intención de armonizar las tasas impositivas sobre los intereses del capital para el 2010, dentro de un proceso que empezaría el 1 de enero del 2005.

El objetivo es que las autoridades fiscales de los países de origen tengan constancia de las ganancias del ahorrador que invierte en estos paraísos fiscales. Sin embargo, los estados mencionados anteriormente siguen aplicando el secreto bancario y no tienen intención de renunciar a ello. La UE no ha tenido otro remedio que buscar una solución de compromiso.

Según la propuesta, a cambio de mantener el secreto, estos países aplicarían una retención sobre los intereses generados por el capital, con un porcentaje que llegaría al 35% en el 2010. De este total, el 15% se quedaría en el país donde está abierta la cuenta corriente y el restante 75% iría al país de origen, pero siempre preservando la identidad del titular.

Ahora bien, aunque el conjunto de estos países aceptase esta fórmula de compromiso, el efecto sería muy limitado. “El deshonesto sólo lo tendrá un poco más difícil”, afirma un experto. En efecto, la directiva de la UE habla de “intereses” pero no se refiere a ganancias de capital, que quedarían excluidas de la tasación.

Así, por ejemplo, el ciudadano español titular de una cuenta en Andorra podría perfectamente invertir su dinero en un seguro de vida o en un fondo de inversión acumulado y seguir sin pagar impuestos.

Se ha dicho que al tener que colocar un dinero en estos productos (y evitar así el pago del 35% sobre los intereses), los evasores corren un riesgo (financiero) que es precisamente lo que quieren evitar. Pero también en este caso hay una solución.

Tal como comenta Eduardo Berché, catedrático de Derecho Tributario de Esade, han empezado a desarrollarse productos financieros que formalmente son fondos de riesgo (tienen más del 60% en renta variable), pero que en la práctica no lo son, ya que invierten en derivados de renta fija, lo que permite reducir los riesgos que suele conllevar un fondo accionarial clásico.

Así, el ahorrador mantendrá protegido su capital y sin pagar nada de impuestos. “Con la reforma de la UE, lo único que pasará es que en lugar de tener su dinero en una cuenta, el evasor lo tendrá en un fondo”, explica Berché.

“Este acuerdo es sólo polvo en los ojos”, critica Jean Ziegler, profesor de la Universidad de Ginebra y autor del controvertido libro sobre dinero negro “Suiza lava más blanco”. “Esta tasación sobre los intereses del capital equivale a la nada. La única solución pasaría por la supresión del secreto bancario”, dice.

Así, no es de sorprender que la propuesta de la UE guste a los banqueros. François Micheloud, abogado de Micheloud & Cie., uno de los bufetes más solicitados por los extranjeros que quieren depositar sus capitales en Suiza ironiza: “Es como si se hubiera aumentado el precio de los cigarrillos. Pero por eso la gente no dejará de fumar”.

 

Cuando la evasión no es delito

LA VANGUARDIA - 06.00 horas - 15/02/2004

La evasión fiscal es delito en España. Pero en países como Suiza o Andorra es sólo una infracción administrativa. Esto significa que un juez español no puede pedir a las autoridades judiciales de estos países datos sobre un ciudadano español ya que un juez andorrano o suizo sólo persigue el fraude, pero no la evasión. Por lo tanto sin estas condiciones, el secreto bancario no se puede levantar.

De esta manera, la propuesta de la UE introducir una fiscalidad sobre el ahorro de los no residentes no tendrá mayor impacto. "Ninguno de mis clientes está preocupado. Sinceramente, no veo ningún otro sitio donde se podría depositar el dinero con las mismas condiciones que en Suiza", asegura el abogado François Micheloud desde Ginebra.

No obstante, Suiza se resiste a firmar la propuesta, porque quiere negociar al mismo tiempo la adhesión al espacio de Schengen. Por su parte, Andorra vincula su consentimiento a la posiblidad de acuñar sus propias monedas de euros para que tengan los símbolos del Estado pirenaico. Y Austria, Bélgica y Luxemburgo no van a adoptar el acuerdo si todos los demás no lo aceptan. Así, el proceso está bloqueado.


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